| ________Cuaderno Ð Madrona____ |
|
|
|
Portada -- Fotografías -- Edificios -- Notas Historia -- Creadores -- Localización -- Más Ð Madrona -- Parajes |
||
|
Referencias
históricas - 7 -
|
|
|
Siglo XVIII
Damos un salto y nos situamos en el S. XVIII, con estos datos.
Del libro La lucha por la tierra en la Corona de Castilla, de Margarita Ortega López, editado por el MAPA, Serie Estudios, Madrid, 1986, extraemos el párrafo de la contraportada y una tabla en la que se aportan datos del Sexmo de san Millán.
|
|
|
|
|
.../...
|
|
Comentario A quienes conozcan un poco nuestro términos, les resultarán chocantes algunas cifras de varias columnas, sobre todo en relación con los pueblos vecinos. Particularmente me resultan curiosos, y dudosos, los las pocas fanegas de Madrona o Fuentemilanos, si las comparamos con las de La Losa, por ejemplo. Nada que ver con la realidad de tiempos posteriores. Igual ocurre con las cifras de vecinos.Los datos están transcritos tal como aparecen en el libro, sin posterior comprobación. Sí puede resultar indicativo el porcentaje de propiedad eclesiástica, si bien creo que no es tan alto, dadas las extensas propiedades de la familia Arias Dávila. |
|
*
* *
|
|
Del mismo siglo es el Catastro del Marqués de la Ensenada y , como veremos, los datos no tienen nada que ver con los arriba expresados.
Texto de Wikipedia:
El texto completo se puede obtener libremente de internet y es de fácil acceso, por lo que aquí se reproduce un selección del mismo.
|
|
Cuenta la población en vecinos (72 que nombra según sigue, y después incluye a 6 viudas). En
la pág. 288 consigna que hay 56 vecinos, inclusas 6 viudas. En la 289, 55 casas habitables, inclusa la del Concejo, dos inhabitables; 28 pajares, 10 encerraderos de ganados
Otros oficios:
Otros negocios:
.../... NOTA (reiterativa): El término vecinos, es posible que, tal y como se ha considerado tradicionalmente, sólo incluye a los cabeza de familia, partiuclaridad que se ha mantenido hasta el fin de la última dictadura en el S. XX. Por ello a las viudas se les anota aparte. |
|
Comentario Aporta dos informaciones detalladas muy importantes. Una se refiere a todo lo que hoy llamaríamos fiscalidad. Define las tierras como de realengo. Se trata de una calificación jurisdiccional medieval cuyo rasgo principal es que no son señoríos, pues dependen directamente del Rey, el cual, aunque no sea el propietario material de los territorios, tiene la potestad de dar en señorío o por merced o venta ese lugar a un noble o a una organización eclesiástica. Esta modalidad desaparece a principios del S. XIX con la Cortes de Cádiz.
Se trata de un sistema contributivo muy elaborado, en el que los grandes beneficiarios son las instituciones de la Iglesia y también la Corona (el Estado). Todas ellas constan el los Libros de Cuentas dando razón de la contaduría principal de aquella intendencia. Censos: en el Procomún de Madrona o los Bienes de Propios tal como se citan en este catastro, aún se cita un censo a favor del Hospital de la Misericordia y otro a favor de la misma iglesia de Madrona. Quiénes responden a las preguntas, bajo juramento, no conocen los motivos ni el origen de estos censos. Un
siglo más tarde ya no se cita. Diezmos. Primicias. Voto
de Santiago Derechos
de Quadrilla en el caso de Madrona, a favor del Convento de San Vicente
el Real. Tercerías Reales, en el caso de Madrona, a favor del monasterio del Paular. |
|
.../...
|
|
Y otro apartado importante es el desglose de las tierras, prados, sotos y otros inmuebles que los vecinos, a los que nombra como El Común, disfrutan en la modalidad de propios.
Es otra constatación, aunque muy importante, del derecho consuetudinario consolidado que respalda la titularidad histórica de la propiedad de los inmuebles que componen la actual Dehesa Boyal. En la página 289, Dice en su respuesta a la pregunta 23ª:
|
|
*
* *
|